Como ya sabrá, el pasado 12 de noviembre se publicó en el BOE la nueva Ley 15/2009 de 11 de Noviembre de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.

18 Nov Como ya sabrá, el pasado 12 de noviembre se publicó en el BOE la nueva Ley 15/2009 de 11 de Noviembre de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.

Se establece un período de 7 días para reclamar en daños no aparentes

Se regula un incremento (modesto) de la indemnización/kg

Se establece el derecho a revisar el flete al alza o a la baja dependiendo del precio del gasóleo.

Se regula el derecho del porteador de depositar la mercancía y venderla en caso de problemas, pudiendo intervenir la Junta Arbitral.

Se regula el contrato de mudanza, así como el transporte multimodal y ciertos aspectos del reembolso.

Se regula el derecho del porteador de exigir al cargador una indemnización en concepto de paralización del vehículo.

Se establece la obligación de contratar siempre en nombre propio, excepto para los socios de las cooperativas, quienes sólo podrán contratar en nombre de la cooperativa